Nuevo Plan Rehabilita 2021 del Ayuntamiento de Madrid

El pasado 27 de mayo, se publicó en BOAM (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid) un nuevo decreto (1455) por el se aprobaba la convocatoria pública de subvenciones 2021 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, llamado “Plan Rehabilita Madrid 2021”.

Objetivo:

El objetivo del plan es impulsar la regeneración del tejido residencial de la capital.


Plazos:

El Plan tiene dos plazos para la presentación de las solicitudes:
1º Plazo – Desde el 9 de junio al 9 de agosto
2º Plazo – Desde el 1 de octubre al 30 de noviembre.


Líneas de actuación:

El Plan Rehabilita de 2021, subvenciona cuatro líneas de actuaciones:

  • La primera está destinada a mejorar la accesibilidad de los inmuebles de la capital instalando ascensores, plataformas elevadoras y rampas. La instalación de nuevos ascensores, incluye las obras que se justifiquen como indispensables para ello, tales como la demolición y nueva ejecución del núcleo de escaleras. La instalación de otros dispositivos de mejora de la accesibilidad o la realización de otras obras con el mismo fin, tales como videoporteros, rampas, ampliación de cabinas de ascensor, incremento en el número de paradas o plataformas elevadoras. Así como aquellas destinadas a garantizar la accesibilidad desde la vía pública, al interior de la parcela, hasta cada una de las viviendas.
  • La segunda para conservar fachadas, cubiertas o estructuras.
  • La tercera potencia la eficiencia energética
  • La cuarta, fomentar la salubridad, retirando elementos con amianto y reduciendo la concentración de radón o mejorando la calidad del aire.

Cuantía:

La cuantía asciende a 50.000.000 €, distribuido en dos anualidades 15.000.000 € en 2021 y 35.000.000 € en 2022.


Ámbito de actuación:


El ámbito de actuación comprende todos los barrios de la capital, concederá ayudas que oscilan entre el 40 % y el 90 % del coste de las obras y se abonarán de forma anticipada, con la concesión de la licencia de obras.


Requisitos de los edificios:

Los edificios existentes objeto de actuación subvencionable deberán cumplir los siguientes requisitos, estar finalizados antes de 1998. y que al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles.

Deberán disponer del Informe de Evaluación del Edificio, con fecha anterior a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda, de
conformidad con la disposición transitoria 1.ª.3 del Decreto 103/2016, de 24 de octubre. Dicha circunstancia se acreditará mediante la Declaración responsable habilitada al efecto en el impreso de solicitud.


Toda la información está disponible en el siguiente enlace:
https://transforma.madrid.es/rehabilitacion/

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